ATS, 12 de Enero de 2006

PonenteMARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZ
ECLIES:TS:2006:2109A
Número de Recurso4203/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Enero de 2006
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a doce de Enero de dos mil seis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que legalmente ostenta, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 14 de febrero de 2003, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección Primera), en el recurso nº 151/97, sobre Oferta de empleo público.

SEGUNDO

Por providencia de 11 de octubre de 2003, se acordó conceder a las partes el plazo común de diez días para que formularan alegaciones sobre la siguiente causa de inadmisión del recurso: Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por referirse a una cuestión de personal ( artículo 86.2.a) LRJCA ); dicho trámite ha sido evacuado únicamente por la parte recurrente.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D Mariano de Oro-Pulido y López Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

La sentencia impugnada estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de D. Mauricio y otros, todos funcionarios de carrera y pertenecientes a distintos Grupos y Cuerpos de la Administración de la Junta de Andalucía, contra el artículo cuarto del Decreto 528/1996 de 26 de diciembre de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba la Oferta de empleo público correspondiente a 1996.

SEGUNDO

Reexaminada la causa de inadmisión puesta de manifiesto en la providencia de 11 de octubre de 2003 no se aprecia su concurrencia, pues la sentencia dictada es susceptible de recurso de casación al versar sobre la impugnación del Decreto 528/1996, de 26 de diciembre, de la Junta de Andalucía, por la que se aprueba la oferta de empleo público para 1996, -norma que tiene naturaleza de disposición de carácter general- habiendo declarado la sentencia la nulidad del artículo 4 del citado Decreto en cuanto a la convocatoria de pruebas específicas para el personal interino de la Junta con exclusión de los funcionarios de carrera y de otros ciudadanos que aspiran a ingresar en la Función Pública andaluza.

Por lo expuesto,

LA SALA ACUERDA:

declarar la admisión del recurso de casación interpuesto por la Letrada de la Junta de Andalucía contra la Sentencia de 14 de febrero de 2003, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección Primera), en el recurso nº 151/97, y para su sustanciación remítanse las actuaciones a la Sección Séptima de esta Sala de conformidad con las reglas de reparto de asuntos.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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