STS, 24 de Noviembre de 1997

PonenteRICARDO ENRIQUEZ SANCHO
ECLIES:TS:1997:7085
Número de Recurso2197/1992
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 1997
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

Sentencia

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Noviembre de mil novecientos noventa y siete.

VISTO el recurso de apelación, que ante Nos pende, interpuesto por Don Carlos Francisco , representado por el Procurador Don José Luis Martín Jaureguibeítia, con la asistencia de Abogado, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 21 de noviembre de 1991, sobre orden de ejecución de obras, habiendo comparecido como parte recurrida el Ayuntamiento de Madrid, representado por la Procuradora Doña Cayetana de Zulueta Luchsinger, con la asistencia de Abogado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por acuerdo de 21 de agosto de 1990 el Ayuntamiento de Madrid desestimó el recurso de reposición interpuesto por Don Carlos Francisco contra acuerdo de 22 de febrero del mismo año por el que se le requería para que repusiera los huecos existentes en la pared medianera al patio interior de la finca c/ DIRECCION000 NUM000 , planta NUM001 , al tamaño que tenían inicialmente.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso por Don Carlos Francisco , recurso contencioso administrativo que fue tramitado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con el nº 879/90, en el que recayó sentencia de fecha 21 de noviembre de 1991, por la que se desestimaba el recurso interpuesto.

TERCERO

Frente a la anterior sentencia se ha interpuesto el presente recurso de apelación, en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para la votación y fallo el dia 19 de noviembre de 1997, fecha en la que se ha llevado a cabo el acto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Se pretende en este recurso de apelación la revocación de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 21 de noviembre de 1991. que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra acuerdo del Ayuntamiento de esta Ciudad de 22 de febrero de 1990 por el que se la requería para que repusiera los huecos existentes en la finca sita en la calle DIRECCION001 nº NUM002 al tamaño existente con anterioridad al aumento efectuado con ocasión de la instalación en ellos de unas nuevas ventanas.

Tanto en primera instancia como en este recurso la parte recurrente sostiene que no ha existido aumento alguno en el tamaño de los referidos huecos, pues se ha limitado a la sustitución de unas ventanas con marcos de madera por otras de aluminio. Sin embargo, como acertadamente razona la sentencia de instancia, la parte apelante no ha realizado prueba alguna que justifique este aserto, que, por otra parte, se aviene mal con todas las actuaciones que se documentan en el expediente administrativo, por lo que el presente recurso de apelación ha de ser desestimado.SEGUNDO.-No concurren ninguna de las circunstancias que, conforme al artículo 131 de la Ley de esta Jurisdicción, aconsejan una especial declaración sobre las costas causadas.

Por todo ello en nombre de S.M. el Rey, y en el ejercicio de la potestad que, emanada del pueblo español, nos concede la Constitución,

FALLAMOS

Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por Don Carlos Francisco contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de noviembre de 1991, que se confirma, sin hacer especial declaración sobre las costas causadas.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, , lo pronunciamos, mandamos y firmamos PUBLICACION.- Leida y publicada fué la anterior sentencia por el Excmo Sr. Magistrado Ponente de la misma, estando la Sala celebrando audiencia pública de lo que como Secretario de la misma certifico. Rubricado.

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