STS 686/2002, 25 de Junio de 2002

ECLIES:TS:2002:4705
ProcedimientoD. JOSE MANUEL MARTINEZ-PEREDA RODRIGUEZ
Número de Resolución686/2002
Fecha de Resolución25 de Junio de 2002
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Junio de dos mil dos.

VISTO por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el incidente sobre impugnación de honorarios por indebidos, interpuesto por el Procurador de los Tribunales, Don Alejandro González Salinas, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Soria, respecto de la tasación de costas instada por la Procuradora, Doña Amalia Ruiz García, en nombre y representación de Don Jon .

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La Procuradora, Doña Amalia Ruiz García, en nombre y representación de Don Jon , interesó la práctica de la tasación de costas, a cuyo pago fue condenado el Excmo. Ayuntamiento de Soria, al haberse desestimado su recurso de casación contra el auto pronunciado por la Ilma. Audiencia Provincial de Soria de 20 de mayo de 1996, en autos de juicio declarativo de menor cuantía, tramitados en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Soria (129/89).

SEGUNDO

Practicada la interesada tasación de costas, lo que tuvo lugar el 30 de abril de 2002, se dió vista de la misma a la parte condenada al pago, presentándose por el Procurador, Don Alejandro González Salinas, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Soria, escrito con data de 10 de mayo de 2002 y presentado un día más tarde, impugnando por indebidas las minutas de Letrado y Procuradora, en cuanto incluían el IVA.

TERCERO

Dado traslado de tal impugnación a la parte solicitante de la tasación, dentro del término concedido contestó manifestando su conformidad con tal exclusión del IVA en la minuta del Letrado y de la Procuradora.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento del incidente a prueba, por proveído de 10 de junio de 2002 se declararon conclusos los autos y se ordenó traerlos a la vista para sentencia con citación de las partes.

QUINTO

Existiendo una conformidad en las partes en que no debe incluirse el IVA, lo que equivale a un allanamiento de la parte demandada en el incidente, procede dictar sentencia conforme a lo solicitado.

Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ-PEREDA RODRÍGUEZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

La existencia de una conformidad en el motivo impugnatorio de honorarios por indebidos y dada la forma de incidente impugnativo y de la conformidad equivalente al allanamiento, hace superflua la citación de las partes para votación y fallo, procediendo dictar sentencia de conformidad al suplico del escrito impugnatorio de honorarios por indebidos, aceptado de adverso.

SEGUNDO

Debe estimarse el incidente con imposición de las costas del mismo a Don Jon y otros.

Por lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español

FALLAMOS

QUE ESTIMANDO LA IMPUGNACIÓN de la tasación de costas formulada por el Procurador, Don Alejandro González Salinas, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Soria contra la minuta presentada por el Letrado, Don Tomás-David Sanz Calvo y Procuradora, Doña Amalia Ruiz García, debo excluir de los honorarios del Letrado y de los derechos de la Procuradora lo referente al IVA. Se condena en costas del incidente a la parte promoviente de la tasación.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos .-IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA.-

FRANCISCO MARIN CASTAN.-JOSE MANUEL MARTINEZ-PEREDA RODRIGUEZ.- Firmado y Rubricado.- PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el EXCMO. SR. D. José Manuel Martínez-Pereda Rodríguez, Ponente que ha sido en el trámite de los presentes autos, estando celebrando Audiencia Pública la Sala Primera del Tribunal Supremo, en el día de hoy; de lo que como Secretario de la misma, certifico.

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