ATS, 14 de Septiembre de 2004

PonenteD. LUIS MARTINEZ-CALCERRADA GOMEZ
ECLIES:TS:2004:10206A
Número de Recurso630/2003
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2004
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Junio de mil novecientos noventa y dos.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de Menor Cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de los de Oviedo, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por DON Evaristo, representado por el Procurador de los Tribunales Don Isacio Calleja García y asistido del Letrado Don Javier Medina Díaz; y por DON Juan Miguel, representado por el Procurador de los Tribunales Don Nicolás Alvarez del Real y defendiéndose asimismo en el acto de la vista; en el que es parte recurrida la entidad "REQUEJO VIVERO, S.A.", representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Suárez Migoyo y asistido del Letrado Don Fernando Díaz García.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Procurador Don Francisco Montero González, en representación de la entidad "REQUEJO VIVERO, S.A.", formuló ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de los de Oviedo, demanda de juicio declarativo ordinario de Menor Cuantía, contra Don Juan Miguely Contra Don Evaristo, sobre reclamación de cantidad, estableciendo los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente para terminar suplicando sentencia que, estimando la demanda, contenga los siguientes pronunciamientos: a).- Condene a Don Juan Miguela pagar a mi mandante la cantidad de dos millones cuatrocientas dieciséis mil pesetas, más los intereses legales de dicha suma desde el 22 de Abril de 1.985 ó, subsidiariamente desde la interposición de esta demanda. b).- Declare que la renta a pagar durante el año 1.988 por el arrendamiento existente entre Don Evaristoy REQUEJO VIVERO, S.A. y referente al local de negocio sito en C/ DIRECCION000, NUM000y NUM001, propiedad del primero, es la cantidad mensual resultante de aplicar a la suma de sesenta mil pesetas la modificación porcentual que haya experimentado el Indice de Precios al Consumo durante los años 1.985, 1.986 y 1.987; cantidad mensual que será revisada en los años sucesivos de conformidad con lo previsto en la cláusula 8ª a) del contrato de opción de traspaso que como documento nº 1 se acompaña a esta demanda. c).- Se condene a Don Evaristoa devolver a mi mandante de las cantidades de renta pagadas, la suma de un millón doscientas sesenta y ocho mil setecientas treinta y cinco pesetas, más el exceso que por el mismo concepto y sobre la cantidad que resulta del pedimento anterior, se llegue a pagar durante el año 1.988, cantidad que se concretará en ejecución de sentencia. d).- Condenando a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones. e) Se condene a los demandados al pago de las costas procesales si se opusieren a esta demanda.

Admitida la demanda, se dispuso el emplazamiento de la parte demandada, para que en el término legal, compareciere en autos asistida de Abogado y Procurador y contestara aquélla, lo cual verificó, en tiempo y forma, mediante la presentación de escrito de contestación a la demanda, arreglado a las prescripciones legales, suplicaba cada uno en su respectiva representación y sus respectivos escritos de contestación a la demanda, que se desestimara íntegramente la demanda, absolviendo a los demandados y con imposición de costas a la parte actora. Recibido el pleito a prueba se practicó la que propuesta por las partes fue declarada pertinente y figura en las respectivas piezas. Unidas a los autos las pruebas practicadas, se entregaron los mismos a las partes por su orden para conclusiones, trámite que evacuaron en sus respectivos escritos, en los que solicitaron se dictara sentencia, de acuerdo con lo que tenían interesado en los autos. El Il

1-0 0-2 1-2 0-0 0-1 1-0 1-1 3-1 1-2

3-1 1-0 1-1 4-4 1-2 1-1 1-2 3-1 1-0

3-1 1-1 1-1 1-0 0-0 0-0 2-0

2-0 2-0 0-2 3-3 2-1 0-0 2-0 2-1 4-0

2-1 2-1 1-0 2-1 2-0 1-4 2-2 2-2 1-1

0-0 1-1 2-0 0-1 1-1 4-1 2-1 1-0 1-0

2-1 2-1 0-1 2-2 1-1 2-0 2-1 1-0

1-0 3-1 1-1 1-2 0-2 1-1 1-0 1-0 1-0

1-1 1-0 1-0 1-2 0-1 0-2 0-0 0-1

0-2 1-0 1-0 0-4 1-2 1-1 3-2 1-1 1-0

2-1 1-1 1-3 2-2 3-2 3-1 1-2 1-2

0-0 1-1 1-0 1-1 1-1 0-0 1-0 1-3 0-1

3-2 1-1 1-0 0-1 3-2 1-1 2-1 0-1 1-6

0-2 2-1 0-2 1-1 2-2 1-3 2-2 2-1

6-1 0-2 4-2 3-1 0-1 4-0 2-0 5-0 1-0

0-2 3-2 1-0 1-0 1-0 0-2 1-1 1-1

4-3 0-2 0-0 1-4 1-0 0-1 3-1 4-3 1-0

1-0 2-0 2-1 0-4 2-1 2-0 1-0 0-0 3-0

2-0 2-2 1-1 0-2 2-1 1-2 3-0 3-1 2-1 2-2

3-1 3-2 3-0 0-0 4-1 4-0 3-0

0-0 1-2 1-1 0-0 1-2 2-1 0-2 0-1 2-2

4-0 4-3 3-0 2-1 3-0 2-0 1-3 2-2 2-1

4-0 2-0 3-2 1-0 0-3

1 temas prácticos
  • Especialidades de los expedientes de jurisdicción voluntaria con elementos internacionales
    • España
    • Práctico Jurisdicción Voluntaria Disposiciones generales en materia de Jurisdicción Voluntaria
    • 1 Septiembre 2023
    ... ... ón de resoluciones en materia civil y mercantil de 27 de septiembre de 1968. Convenio relativo a la competencia judicial, el ... al ordenamiento que el Tribunal debe aplicar de oficio , o el ATS 24 de septiembre de 2002, [j 2] el cual, al valorar la actuación del ... de vulneración de los derechos de defensa se plasma en el ATS de 14 de septiembre de 2004, [j 5] en el que se afirma que: no cabe ... ...

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR