ATS, 30 de Septiembre de 2002
Ponente | D. XAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ |
Número de Recurso | 419/1999 |
Procedimiento | Impugnación de Honorarios por Excesivos |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
En la Villa de Madrid, a treinta de Septiembre de dos mil dos.I. ANTECEDENTES DE HECHO
En el presente recurso de casación interpuesto por el Procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de "Victory Films, S.A.", se dictó sentencia con fecha 11 de abril de 2000, declarando no haber lugar a dicho recurso y condenando al pago de las costas a dicho recurrente.
Practicada la tasación de costas a instancia de la parte recurrida entidad Telemadrid, S.A., se incluyeron los honorarios de la Letrado D. Matías, por importe de 830.060 pesetas más 16% I.V.A. correspondiente y dada vista de la misma a la parte recurrente, impugnó dicha tasación por considerar excesivos dichos honorarios.
El Iltre. Colegio de Abogados de Madrid, en trámite de dictamen estimó que la cantidad minutada no resultaba conforme a las Normas Orientadoras de Honorarios Profesionales.
HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Xavier O,Callaghan Muñoz
UNICO.- De acuerdo con los criterios de valoración usuales, según reiteradas declaraciones de esta Sala, a los efectos de la determinación de honorarios de abogado, en consideración a la naturaleza orientativa de las normas concurrentes, el grado de complejidad del asunto y trabajo realizado, se estima razonable fijarlas en la cantidad de trescientas con cincuenta y un (300,51) euros, más I.V.A. correspondiente. LA SALA ACUERDA
Declarar que los honorarios del Letrado D. Matías, por importe de 830.060 pesetas más 16% I.V.A. correspondiente no resultan conformes a las Normas Orientadoras de Honorarios Profesionales no sino que resultan más acordes con las mismas la de trescientos con cincuenta y un (300,51) euros, más I.V.A. correspondiente.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.
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ATS, 11 de Septiembre de 2003
...reiterada de normas concretas, las que en este caso no han sido invocadas explícitamente como infringidas (Autos del Tribunal Supremo de 30 de septiembre de 2002). Por tanto, por el expresado motivo, procede declarar la inadmisión del recurso de casación, de conformidad con los artículos 86......
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ATS, 24 de Junio de 2004
...reiterada de normas concretas, las que en este caso no han sido invocadas explícitamente como infringidas (Autos del Tribunal Supremo de 30 de septiembre de 2002). Por otra parte, la inobservancia del artículo 89.2 afecta a la sustancia misma del escrito de preparación -no se trata de un de......