ATS, 14 de Enero de 2000

PonenteLUIS MARTINEZ-CALCERRADA GOMEZ
ECLIES:TS:2000:841A
Número de Recurso2351/1994
Fecha de Resolución14 de Enero de 2000
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a catorce de Enero de dos mil.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de DON Carlos Jesús, DOÑA Nieves, DON Benedicto, DON Eduardo y DON Gabriel, en los autos a que este rollo se refiere, impugnó la Tasación de Costas practicada de contrario por considerar excesiva la Minuta del Letrado don Iván.

SEGUNDO

El Procurador de los Tribunales don Manuel Infante Sánchez, en nombre y representación de INGENIERIA DE CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.A. (INCOSA), contestó a la impugnación de la mencionada Minuta de Honorarios, en base a las alegaciones que expuso, y, terminó suplicando a la Sala "...tras los trámites oportunos dicte resolución aprobando la tasación de costas practicada".

TERCERO

Que por lo prevenido en el art. 427 L.E.C., se pasaron los Autos al Colegio de Abogados de Madrid, que en fecha 10 de diciembre de 1999 (Registro General T.S.), dictaminaba: "....que frente a la suma de 1.664.550, (UN MILLÓN SEISCIENTAS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTAS CINCUENTA) PESETAS, pretendida por el Letrado DON Iván, en la minuta impugnada, resulta acorde con las Normas de Honorarios Profesionales y principios que las informan trasladar a la parte vencida la más moderada cantidad de 800.000, (OCHOCIENTAS MIL) PESETAS, cantidad que deberá incrementarse en la que resulte de la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido".

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Luis Martínez-Calcerrada y Gómez

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO: Que habida cuenta las circunstancias de la intervención profesional del Letrado don Iván, como defensor de la parte recurrida en este recurso de Casación, cuya minuta de honorarios se impugna, en razón a la complejidad de la materia litigiosa, la respectiva cuantía del asunto y de la Minuta impugnada, es procedente (tras la tramitación conforme a los arts. 427 y concordantes de la L.E.C.) de conformidad con el contenido del Informe preceptivo del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid de 24 de noviembre de 1999, alterar la Tasación de Costas correspondiente de 14 de junio de 1999, en el sentido de reducir dicha minuta a la cantidad de OCHOCIENTAS MIL PESETAS (800.000 ptas.), más el I.V.A. correspondiente, mandando hacer la alteración consiguiente según el art. 428 L.E.C., manteniéndola en todas sus demás partidas, con los efectos derivados.

LA SALA ACUERDA

HABER LUGAR a la impugnación de Honorarios postulada por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de DON Carlos Jesús, DOÑA Nieves, DON Benedicto, DON Eduardo y DON Gabriel, en el sentido de que la Minuta del Letrado don Iván, quedará reducida a la cantidad de OCHOCIENTAS MIL PESETAS (-800.000-) más el I.V.A. correspondiente.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.

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