Auto Aclaratorio TS, 3 de Noviembre de 2020
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2020:9698AA |
Número de Recurso | 637/2020 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 3 de Noviembre de 2020 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO DE ACLARACIÓN
Fecha del auto: 03/11/2020
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 637/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls Transcrito por: RB/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 637/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmo. Sr. y Excmas. Sras.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Antonio Salas Carceller
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
En Madrid, a 3 de noviembre de 2020.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La procuradora Doña Amparo Gargallo Jaquotot, en nombre y representación de D. Borja, ha solicitado la subsanación de una omisión apreciada en el auto de 29 de septiembre de 2020, por el que se homologó el acuerdo transaccional presentado por lar partes
Mediante diligencia de ordenación de 3 de octubre de 2020 se acordó pasar las actuaciones al ponente para resolver.
El art. 214. 1 LEC determina que "[l]os tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero si aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan".
Examinadas las presentes actuaciones, se aprecia que en el auto de 29 de septiembre de 2020, al transcribir el contenido del acuerdo transaccional cuya homologación se acuerda, se omitió por error un párrafo que, en referencia a las costas procesales, indicaba lo siguiente: "Asimismo Caixabank entregará la cantidad de 500,00 euros a la parte demandante por este concepto". Procede, en consecuencia, acceder a lo solicitado y subsanar dicha omisión.
LA SALA ACUERDA :
Rectificar el error material del auto de 29 de septiembre de 2020, en el sentido solicitado por la procuradora Doña Amparo Gargallo Jaquotot, en la representación que ostenta de D. Borja, de modo que, en el antecedente de hecho tercero, al final de la transcripción del acuerdo transaccional, se añadirá el siguiente párrafo: OCTAVA.- De las costas procesales [...]
Asimismo Caixabank entregará la cantidad de 500,00 euros a la parte demandante por este concepto Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos.