ATS, 16 de Septiembre de 2020

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2020:6842A
Número de Recurso3411/2018
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 16/09/2020

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 3411 /2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 6 DE PONTEVEDRA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

Transcrito por: LTV/MJ

Nota:

CASACIÓN núm.: 3411/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Juan María Díaz Fraile

En Madrid, a 16 de septiembre de 2020.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de la entidad Promociones Trazamoura S.L.U. presentó escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 21 de mayo de 2018, por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 6.ª), en el rollo de apelación n.º 599/2017, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 892/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Vigo.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

La procuradora D.ª Tamara Ucha Groba presentó escrito, en nombre y representación de la entidad Seguros Catalana Occidente, S.A. de Seguros y Reaseguros, por el que se persona en el presente rollo, en calidad de parte recurrida. El procurador D. Iñigo Muñoz Durán, presentó escrito, en nombre y representación de la entidad Promociones Trazamoura S.L.U., por el que se persona en el presente rollo, en calidad de parte recurrente.

CUARTO

La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Por la parte recurrente se formaliza recurso de casación al amparo art. 477.2.3.º de la LEC, invocando la existencia de interés casacional al tratarse de un procedimiento tramitado por razón de la cuantía, siendo esta inferior a 600.000 euros, por lo que el cauce casacional utilizado es el adecuado, sin apreciarse inicialmente en la presente fase causas legales de inadmisión.

SEGUNDO

Procede admitir el recurso de casación y de conformidad con el art. 485 LEC, abrir el plazo de veinte días para que la parte recurrida pueda formalizar su oposición.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad Promociones Trazamoura S.L.U. contra la sentencia dictada, con fecha 21 de mayo de 2018, por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 6.ª), en el rollo de apelación n.º 599/2017, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 892/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Vigo.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, para que la parte recurrida formalice, por escrito su oposición al recurso, encontrándose las actuaciones a su disposición en Secretaría, durante el citado plazo.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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