Auto Aclaratorio TS, 10 de Marzo de 2020

PonenteEDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
ECLIES:TS:2020:3661AA
Número de Recurso525/2018
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

RECURSO CASACION núm.: 525/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina Letrada de la Administración de Justicia: Sección 2ª

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres. y Excmas. Sras.

D. Julián Sánchez Melgar

D. Pablo Llarena Conde

Dª. Susana Polo García

Dª. Carmen Lamela Díaz

D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

En Madrid, a 10 de marzo de 2020.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En el recurso de casación número 525/2018, se dictó sentencia el 30 de mayo de 2019 en la que por error se señalaba, como número de su dictado, 278/2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El 267.1 y 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su redacción dada por la LO 19 /2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, según el cual - y referido siempre a sentencias y autos definitivos pronunciados por Jueces y Tribunales- dice: "1. Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.", "3. Los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento."

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

RECTIFICAR la sentencia dictada en el recurso de casación número 525/2018, en el solo sentido que donde dice " Sentencia núm. 278/2018 ", deberá decir " Sentencia núm. 278/2019 ".

Así se acuerda y firma.

Julián Sánchez Melgar Pablo Llarena Conde

Susana Polo García

Carmen Lamela Díaz Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

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