ATS, 10 de Febrero de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Febrero 2020

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: SEXTA

AUTO

Fecha del auto: 10/02/2020

Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)

Número del procedimiento: 304/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado

Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --

Transcrito por: PJM

Nota:

REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 304/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: SEXTA

AUTO

Excmos. Sres.

D. Luis María Díez-Picazo Giménez, presidente

D. Jorge Rodríguez-Zapata Pérez

D. Segundo Menéndez Pérez

D. Nicolás Maurandi Guillén

D. Eduardo Espín Templado

En Madrid, a 10 de febrero de 2020.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado.

HECHOS

ÚNICO.- En el presente recurso contencioso-administrativo la parte actora solicitó mediante el segundo otrosí digo del escrito de demanda el recibimiento a prueba del mismo.

Dado traslado de la demanda a la Administración demandada, el Sr. Abogado del Estado ha formulado escrito de contestación, en cuyo otrosí digo manifiesta que no procede el recibimiento a prueba.

La parte codemandada formula en el otrosí segundo digo de su escrito de contestación a la demanda proposición de prueba.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- La solicitud de recibimiento a prueba de la parte demandante está encaminada, según se manifiesta, a acreditar la jurisprudencia de esta Sala; en cuanto a la formulada por la codemandada, no concreta los puntos de hecho sobre los que debería versar. Procede por ello denegar el recibimiento a prueba del recurso al no haberse formulado las solicitudes conforme a los requisitos exigidos en el artículo 60.1 de la Ley de la Jurisdicción y ser conocedora la Sala de su propia jurisprudencia.

No obstante, nada impide la incorporación a los autos de los documentos acompañados a los escritos de demanda y de contestación a que se refieren las respectivas documentales propuestas.

LA SALA ACUERDA:

Desestimar las solicitudes de recibimiento a prueba formuladas por la parte actora y por la parte codemandada en las presentes actuaciones.

Queden incorporados a los autos los documentos aportados por las partes con los escritos de demanda y de contestación a la demanda.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Luis María Díez-Picazo Giménez Jorge Rodríguez-Zapata Pérez Segundo Menéndez Pérez

Nicolás Maurandi Guillén Eduardo Espín Templado

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