ATS, 16 de Diciembre de 2019
Ponente | MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA |
ECLI | ES:TS:2019:13529A |
Número de Recurso | 2891/2018 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Fecha del auto: 16/12/2019
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION
Número del procedimiento: 2891/2018
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
Procedencia: Audiencia Nacional, Sala de lo penal, Sección 1ª
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero
Transcrito por: ARB
Nota:
RECURSO CASACION núm.: 2891/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Excmos. Sres.
D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre
D. Pablo Llarena Conde
D. Vicente Magro Servet
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
En Madrid, a 16 de diciembre de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca.
El pasado día 30 de octubre tuvo lugar la deliberación y votación del recurso de casación número 2891/2018, formulado contra la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección Primera, de fecha 13 de julio de 2018, por D. Basilio, Forum Filatélico, S.A., Dª Daniela, Dª Delia y D. Bruno, D. Candido, D. Casimiro, D. Ceferino, D. Arcadio, Atrio Collections S:R.L., Creative Investment, SRL, Stamps Colectors SRL y D. Cosme; D. Daniel, D. Desiderio, Dª. Flora, D. Eduardo, Dª. Genoveva, D. Emiliano, Spring Este, SL, D. Epifanio, D. Eulogio, D. Ezequias, D. Faustino, D. Felicisimo, D. Fermín, D. Florencio, Afacyl, y Dª. Luisa.
En fecha 14 de noviembre de 2019 se dictó auto de prórroga del término para dictar sentencia por treinta días.
Habiendo transcurrido el término de la prorroga acordada, se dicta el presente.
Dada la complejidad de las cuestiones planteadas en los recursos de referencia y la imposibilidad de dictar sentencia en término establecido en el artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y habiendo concluido la prórroga de treinta días anteriormente acordada, se acuerda prorrogarlo por treinta días más.
LA SALA ACUERDA:
Se prorroga el término del artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal POR TREINTA DÍASMÁS, lo que se hará saber a las partes a los efectos oportunos.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
Miguel Colmenero Menendez de Luarca Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre
Pablo Llarena Conde Vicente Magro Servet Eduardo de Porres Ortiz de Urbina