ATS, 25 de Junio de 2019

PonenteJUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
ECLIES:TS:2019:7603A
Número de Recurso20500/2018
ProcedimientoCausa especial
Fecha de Resolución25 de Junio de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 25/06/2019

Tipo de procedimiento: CAUSA ESPECIAL

Número del procedimiento: 20500/2018

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

Procedencia: Juzgado de Instrucción núm. 1 de Morón de la Frontera (Sevilla)

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

Transcrito por: FGR

Nota:

CAUSA ESPECIAL núm.: 20500/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Manuel Marchena Gomez, presidente

D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca

D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

D. Antonio del Moral Garcia

D. Pablo Llarena Conde

En Madrid, a 25 de junio de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 18 de mayo pasado se recibió en el Registro General de este Tribunal Exposición Razonada elevada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Morón de la Frontera (Córdoba) relativa al Procedimiento Abreviado 114/2011 incoado en virtud del Atestado instruido por el Puesto de la Guardia Civil de Montellano (Sevilla) por presuntos delitos contra los derechos de los trabajadores, remitido al encontrarse entre los denunciados DON Benigno , que ostenta la condición de Diputado en la actual XII Legislatura.

SEGUNDO

Formado rollo en esta Sala y registrado con el núm. 3/ 20500/2018 por providencia de 31 de mayo se designó Ponente para conocer de la presente causa y conforme al turno previamente establecido, al Magistrado Excmo. Sr. Don Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre y se remitieron las actuaciones al Ministerio Fiscal para informe sobre competencia y contenido de la exposición recibida.

TERCERO

El Ministerio Fiscal, en el trámite correspondiente, evacuó traslado con fecha 3 de julio de 2018 interesando se declare la competencia de la Sala para la instrucción y, en su caso, el enjuiciamiento con respecto al aforado Don Benigno sobre los hechos objeto de la exposición del Juez de Instrucción nº 1 de Morón de la Frontera y se designe un Instructor de entre los miembros de la Sala.

CUARTO

Con fecha 23 de julio de 2018 esta Sala dictó auto en cuya parte dispositiva, dice:

". ..LA SALA ACUERDA: 1.- Declarar la competencia de esta Sala para la instrucción y, en su caso, el enjuiciamiento con respecto al aforado Benigno . 2.- La apertura del procedimiento, designando Instructor, conforme al turno establecido, al Magistrado de esta Sala Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet. 3.- Respecto a los hechos imputados a otra persona no aforada ante esta Sala, el procedimiento deberá continuar ante el órgano competente..." .

QUINTO

Con fecha 25 de junio se recibió comunicación del Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo y certificación adjunta, negativa de la condición de Diputado o Senador de Don Benigno en la presente XIII Legislatura.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El fuero personal establecido en el art. 71.2 y 3 de la Constitución Española y 57.2 de la Ley Orgánica del der Judicial, para el enjuiciamiento de las causas contra Diputados y Senadores, solo rige, según se desprende de los arts. 104 y siguientes del Reglamento del Congreso , así como del art. 18 e) del Reglamento del Senado, de 26 de mayo de 1.982 durante el periodo de su mandato, por lo que, habiendo transcurrido ese periodo y no ostentado en la actual legislatura la cualidad de Diputado ni de Senador Don Benigno , debe declararse la no competencia de esta Sala Segunda en el asunto que nos ocupa, procediendo a la remisión de las presentes actuaciones al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de Morón de la Frontera (Sevilla), al que, de conformidad con el art. 87.1 a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial , le corresponde la competencia.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: Declarar la no competencia de esta Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo por carecer actualmente DON Benigno de la condición de Diputado o Senador que en su día determinó la competencia de esta Sala, debiendo remitirse las presentes actuaciones al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. 1 de Morón de la Frontera (Sevilla).

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

D. Manuel Marchena Gomez D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca

D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre D. Antonio del Moral Garcia D. Pablo Llarena Conde

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR