Auto Aclaratorio TS, 29 de Mayo de 2019

PonenteNICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
ECLIES:TS:2019:6074AA
Número de Recurso3673/2018
ProcedimientoRecurso de Casación Contencioso-Administrativo (
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

R. CASACION núm.: 3673/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres.

D. Nicolas Maurandi Guillen

D. Jose Diaz Delgado

D. Angel Aguallo Aviles

D. Jose Antonio Montero Fernandez

D. Jesus Cudero Blas

D. Rafael Toledano Cantero

D. Dimitry Berberoff Ayuda

D. Isaac Merino Jara

En Madrid, a 29 de mayo de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- La representación procesal del Ayuntamiento de Logroño ha solicitado la corrección de error manif‌iesto en el ordinal segundo del Fallo de la sentencia núm. 600/2019 de 6 de mayo de 2019, dictada en el presente recurso de casación núm. 3673/2018, en el sentido de sustituir "Ayuntamiento de Madrid" por "Ayuntamiento de Logroño", que es la parte recurrente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El artículo 267, apartado 1 y 3, de la Ley Orgánica del Poder Judicial permite a los Tribunales rectif‌icar los errores materiales de que adolezcan las resoluciones judiciales.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Se rectif‌ica el error material en el ordinal segundo del fallo de la sentencia núm. 600/2019 dictada el 6 de mayo de 2019 en el presente recurso de casación núm. 3673/2018, que se subsana sustituyendo el texto de dicho ordinal por éste otro:

" Segundo.- Declarar haber lugar al recurso de casación deducido por el Ayuntamiento de Logroño contra la sentencia de fecha 21 de marzo de 2018, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño en el procedimiento abreviado 317/2017/C; sentencia que se casa y anula a los efectos de lo que seguidamente se declara".

Así se acuerda y f‌irma.

D. Nicolas Maurandi Guillen D. Jose Diaz Delgado

D. Angel Aguallo Aviles D. Jose Antonio Montero Fernandez

D. Jesus Cudero Blas D. Dimitry Berberoff Ayuda

D. Rafael Toledano Cantero D. Isaac Merino Jara

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