Auto Aclaratorio TS, 9 de Mayo de 2019
Ponente | FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS |
ECLI | ES:TS:2019:5288AA |
Número de Recurso | 46/2017 |
Procedimiento | Error judicial |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Fecha del auto: 09/05/2019
Tipo de procedimiento: ERROR JUDICIAL
Número del procedimiento: 46/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco José Navarro Sanchís
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo Transcrito por:
Nota:
ERROR JUDICIAL núm.: 46/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco José Navarro Sanchís
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Excmos. Sres.
D. Nicolás Maurandi Guillén
D. José Díaz Delgado
D. Ángel Aguallo Avilés
D. Francisco José Navarro Sanchís
D. Jesús Cudero Blas
En Madrid, a 9 de mayo de 2019.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco José Navarro Sanchís.
ÚNICO.- Con fecha 19 de julio de 2018, esta Sala y Sección, dictó sentencia y posterior auto aclaratorio de fecha 15 de enero de 2019 en el presente procedimiento de error judicial n.º 46/2017, interpuesto D. Indalecio
, representado por la procuradora D.ª Concepción Fuertes Suárez, y después de notificadas a las partes, se ha advertido que a dicha sentencia le ha sido asignado un número erróneo.
ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, "Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan". Y en su apartado 3 dice que "Los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento". Examinadas las actuaciones, se ha visto que el número 1336/2017 que se ha asignado a la sentencia dictada el 19 de julio de 2018 es erróneo en cuanto al año, por lo que procede su rectificación por el número 1336/2018, que es el que le corresponde.
LA SALA ACUERDA : Rectificar el número de la sentencia dictada el 19 de julio de 2018 en el recurso de error judicial n.º 46/2017 en el sentido de que, donde dice: " Sentencia núm. 1336/2017 ", debe decir " Sentencia núm. 1336/2018 ".
Así se acuerda y firma.
Nicolás Maurandi Guillén José Díaz Delgado Ángel Aguallo Avilés
Francisco José Navarro Sanchís Jesús Cudero Blas