Auto Aclaratorio TS, 10 de Abril de 2019
Ponente | JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ |
ECLI | ES:TS:2019:4195AA |
Número de Recurso | 480/2017 |
Procedimiento | Contencioso |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: SEXTA
AUTO
Fecha del auto: 10/04/2019
Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)
Número del procedimiento: 480/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Manuel Sieira Miguez
Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --Transcrito por: mas
Nota:
Resumen
REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 480/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Manuel Sieira Miguez
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca -- TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: SEXTA
AUTO
Excmos. Sres.
D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente
D. Jose Manuel Sieira Miguez
D. Nicolas Maurandi Guillen
D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva
D. Eduardo Espin Templado
En Madrid, a 10 de abril de 2019.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Jose Manuel Sieira Miguez.
UNICO.- Dictada sentencia en fecha 3 de abril de 2019 cuya parte dispositiva dice: "estimar en parte el recurso contencioso administrativos interpuesto por doña Zulima y D. Obdulio declarando contrario a derecho el RD 527/2017, de 22 de mayo, en el extremo relativo al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de 17 de mayo de 2017 nombrando a los Magistrados Ilmos Sres. D. Eloy Velasco Núñez y D. Enrique López López para ocupar las plazas de Magistrado de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, convocadas por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 6 de abril de 2017, retrotrayendo las actuaciones administrativas al momento inmediatamente anterior al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial del 17 de mayo de 2017 que resuelve el concurso convocado por Acuerdo de la Comisión Permanente de 6 de abril de 2017, en lo que a las plazas antes citadas se refiere, a fin de que se adopte nuevo acuerdo nombrando para ocupar las plazas de Magistrado de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional convocadas a los Magistrados con mayor antigüedad de entre aquellos solicitantes en quienes concurre alguno de los requisitos a que se refiere el artículo 37.2 del Reglamento de la Carrera Judicial, haber superado las pruebas de especialización, convocadas por acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 30 de julio de 2011, o las pruebas de promoción de Juez a Magistrado para las ordenes civil y penal.", por la representación legal del Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Nuñez se solicita aclaración de la sentencia "en el sentido de que se indique si la expresión del fallo mayor antigüedad se ha de interpretar bien en el mérito, bien en el escalafón".
UNICO.- Visto el tenor literal de la sentencia en la que en ningún momento se hace referencia a una posible antigüedad en el mérito, ni a ello se refiere precepto alguno de los invocados en aquella ni de la LOPJ, por lo que resulta un concepto jurídico ajeno a nuestro ordenamiento, en consecuencia la Sala entiende que no existe lugar a duda interpretativa alguna y menos por las razones que invoca el codemandado, en lo que en su escrito denomina "alegaciones", siendo por tanto claro que la antigüedad que debe ser tomada en consideración por el Consejo General del Poder Judicial para la adjudicación de las plazas objeto de este recurso es la antigüedad en la carrera judicial, lo que por otra parte resulta de lo dispuesto en el artículo 330 de la citada Ley Orgánica. En consecuencia la Sala entiende que no procede acceder a los solicitado.
En su virtud,
No haber haber lugar a la aclaración solicitada. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez D. Jose Manuel Sieira Miguez
D. Nicolas Maurandi Guillen D.Pablo Lucas Murillo de la Cueva D. Eduardo Espin Templado