ATS, 8 de Febrero de 2019

PonenteANDRES MARTINEZ ARRIETA
ECLIES:TS:2019:2230A
Número de Recurso581/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 08/02/2019

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 581/2018

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Andres Martinez Arrieta

Procedencia: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

Transcrito por: AMV

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 581/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Andres Martinez Arrieta

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Andres Martinez Arrieta

D. Francisco Monterde Ferrer

D. Antonio del Moral Garcia

D. Vicente Magro Servet

D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

En Madrid, a 8 de febrero de 2019.

Esta sala ha visto

Con fecha 20 de diciembre de 2018, se dictó sentencia por esta Sala en el recurso 581/2018, con número de sentencia 682/2018.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Andres Martinez Arrieta.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 24 de enero de 2019, por medio de escrito presentado telemáticamente, la Procuradora Dña. Silvia Molino Guerrero, en nombre y representación de Dª Ariadna, D. Domingo y Dª Belen, planteó incidente de nulidad de actuaciones de los artículos 240.3 y 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, contra la Sentencia 682/2018 de esta Sala de lo Penal, número de recurso 581/2018, de fecha 20 de diciembre de 2018 por vulneración de derechos fundamentales de los referidos en el art. 53.2 de la Constitución Española.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El incidente de nulidad es un remedio procesal específico que permite la declaración de nulidad respecto de resoluciones que son cuestionadas por vulneración de derechos fundamentales, permitiendo a la propia jurisdicción ordinaria su remedio.

Lo primero que plantea el promotor del incidente de nulidad es que la cuestión deducida sea resuelta por una Sala que no haya intervenido en la Sentencia cuya nulidad se insta. Esta pretensión, y su alegación, contraría abiertamente la previsión normativa del incidente que debe ser resuelto por la misma Sala que conoció de la causa que resolvió. En su impugnación, plantea la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al cuestionar que la sentencia dictada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia yerra en su decisión, por no estimar el recurso interpuesto por quien ahora ejerce la actuación de este incidente. En definitiva, pretende un replanteamiento de la impugnación que en su día formuló en el recurso de apelación, pretensión que es ajena al contenido del incidente que postula, que se contrae a la denuncia de vulneración de un derecho fundamental y no a la revalorización de la prueba para alcanzar una convicción distinta a la declarada en las sentencias dictadas en esta causa.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: No admitir la petición de incidente de nulidad de actuaciones, solicitada por la Procuradora de los Tribunales la Procuradora Dña. Silvia Molino Guerrero, en nombre y representación de Dª Ariadna, D. Domingo y Dª Belen, contra la Sentencia 682/2018 de esta Sala de lo Penal, número de recurso 581/208, de fecha 20 de diciembre de 2018.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Andres Martinez Arrieta Francisco Monterde Ferrer Antonio del Moral Garcia

Vicente Magro Servet Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

1 sentencias
  • AAP Córdoba 364/2019, 19 de Noviembre de 2019
    • España
    • 19 Noviembre 2019
    ...nacional. Con posterioridad a ello y tras la STJUE de 26.3.2019, resolutoria de la cuestión prejudicial comunitaria planteada por auto del TS de 8.2.2019, y la STS 11.9.2019, se ha consolidado la postura de mantener la continuación de la ejecución hipotecaria, pese a la declaración de nulid......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR