ATS, 20 de Diciembre de 2018
Ponente | JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR |
ECLI | ES:TS:2018:13876A |
Número de Recurso | 20836/2018 |
Procedimiento | Cuestión de competencia |
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Fecha del auto: 20/12/2018
Tipo de procedimiento: CUESTION COMPETENCIA
Número del procedimiento: 20836/2018
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Julian Sanchez Melgar
Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 DE DON BENITO
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
Transcrito por: MGP
Nota:
CUESTION COMPETENCIA núm.: 20836/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Julian Sanchez Melgar
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Julian Sanchez Melgar
D. Antonio del Moral Garcia
Dª. Ana Maria Ferrer Garcia
En Madrid, a 20 de diciembre de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Julian Sanchez Melgar.
Con fecha16 de septiembre se recibió en el Registro General del Tribunal Supremo exposición y testimonio de las Diligencias Previas 439/18 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Don Benito, planteando cuestión de competencia negativa con el de igual clase nº 1 de Blanes, Diligencias Previas 277/18, acordando por providencia de 20 de septiembre, formar rollo, designar Ponente al Excmo. Sr. D. Julian Sanchez Melgar, y el traslado al Ministerio Fiscal.
El Ministerio Fiscal por escrito de 13 de noviembre, dictaminó: "... el Fiscal interesa de la Sala que, teniendo por cumplimentado el trámite conferido, acuerde resolver la competencia a favor del Juzgado de Instrucción nº 1 de Blanes".
Por providencia de fecha 30 de noviembre se acordó, siguiendo el orden de señalamientos establecido, fijar la audiencia del día 19 de diciembre para deliberación y resolución, lo que se llevó a efecto.
De la exposición y testimonio recibidos se desprende que Don Benito incoa Diligencias Previas por denuncia de Tiberiu contra Marí Juana a la que acusa de haber interpuesto contra él varias denuncias supuestamente falsas. Las primeras denuncias fueron interpuestas en Blanes y posteriormente en Don Benito. Así Don Benito, por auto de 24/8/18 acordó la inhibición a favor del Juzgado de Instrucción de Blanes nº 1, por desprenderse que los hechos denunciados tuvieron lugar dentro del territorio perteneciente al partido judicial de Blanes. Blanes por auto de 5/9/18 rechazó la inhibición, por cuanto una de las conductas del delito denunciado se localizó en el partido judicial de Don Benito. Planteando Don Benito esta cuestión de competencia negativa.
La cuestión de competencia negativa planteada debe ser resuelta como propugna el Ministerio Fiscal ante esta Sala a favor de Blanes.
Con los datos de que disponemos sería de aplicación el apartado 3 del art. 17 de la LECrim: delitos cometidos por la misma persona, que tienen analogía entre sí y pueden ser enjuiciados en la misma causa por ser conveniente para su esclarecimiento, sin que ello suponga excesiva complejidad o dilación del procedimiento. Por tanto, centrándose la investigación en varios delitos de acusación y denuncia falsa cometidos por la misma persona y siendo el Juzgado de Instrucción de Blanes nº 1 el primero que ha comenzado la investigación, procede resolver la cuestión de competencia suscitada a favor de este último, conforme al art. 18.1.2º LECrim.
LA SALA ACUERDA: Dirimir la cuestión de competencia negativa planteada otorgando la misma al Juzgado de Instrucción nº 1 de Blanes (D.Previas 277/18) al que se le comunicará esta resolución así como al nº 1 de Don Benito (D.Previas 439/18) y al Ministerio Fiscal.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
D. Julian Sanchez Melgar D. Antonio del Moral Garcia Dª. Ana Maria Ferrer Garcia