ATS, 19 de Diciembre de 2018

PonenteFRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
ECLIES:TS:2018:13650A
Número de Recurso3930/2018
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 19/12/2018

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 3930 /2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 5 DE LA CORUÑA

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

Transcrito por: MRT/I

Nota:

CASACIÓN núm.: 3930/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmo. Sr.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

En Madrid, a 19 de diciembre de 2018.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Abanca Corporación Bancaria, S.A, presentó escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 20 de junio de 2018, por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección 5.ª, en el rollo de apelación 325/2016, dimanante de los autos de juicio ordinario 178/2015, del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Betanzos.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso de casación y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

El procurador don Javier González Fernández, en nombre y representación de Abanca Corporación Bancaria, S.A, ha presentado escrito ante esta sala personándose como parte recurrente. La procuradora doña Alba María Blanco Pita, en nombre y representación de Titania Cia Editorial, S.L., don Alfonso, don Anselmo y don Argimiro, ha presentado escrito ante esta sala personándose como parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.

CUARTO

La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El recurso de casación se interpone contra una sentencia dictada en proceso para la tutela judicial civil de derechos fundamentales, recurrible al amparo del ordinal 1.º del artículo 477.2 LEC, que ha sido el cauce utilizado por la parte recurrente, sin apreciarse inicialmente en la presente fase causas legales de inadmisión.

SEGUNDO

Procede admitir el recurso de casación y de conformidad con el art. 485 LEC, abrir el plazo de veinte días para que la parte recurrida y el Ministerio Fiscal a continuación, puedan formalizar su oposición.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Abanca Corporación Bancaria, S.A, contra la sentencia dictada, con fecha 20 de junio de 2018, por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección 5.ª, en el rollo de apelación 325/2016, dimanante de los autos de juicio ordinario 178/2015, del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Betanzos.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, para que la parte recurrida formalice, por escrito su oposición al recurso, encontrándose las actuaciones a su disposición en Secretaría, durante el citado plazo y transcurrido el mismo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, para el mismo trámite.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR