ATS, 16 de Octubre de 2018

PonenteMANUEL MARCHENA GOMEZ
ECLIES:TS:2018:10772A
Número de Recurso20777/2018
ProcedimientoCausa especial
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 16/10/2018

Tipo de procedimiento: CAUSA ESPECIAL

Número del procedimiento: 20777/2018

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gomez

Procedencia: ABSTENCION

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

Transcrito por: FGR

Nota:

CAUSA ESPECIAL núm.: 20777/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gomez

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres. y Excmas. Sras.

D. Manuel Marchena Gomez, presidente

D. Andres Martinez Arrieta

D. Julian Sanchez Melgar

D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca

D. Francisco Monterde Ferrer

D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

D. Luciano Varela Castro

D. Alberto Jorge Barreiro

D. Antonio del Moral Garcia

D. Andres Palomo Del Arco

Dª. Ana Maria Ferrer Garcia

D. Vicente Magro Servet

Dª. Susana Polo Garcia

Dª. Carmen Lamela Diaz

D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

En Madrid, a 16 de octubre de 2018.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gomez.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - Con fecha 27 de agosto de 2018 la Procuradora Doña Mª Pilar Hidalgo López, en nombre y representación del PARTIDO POLITICO VOX presentó escrito por Registro Telemático, formulando querella contra la Excma. Sra. Doña Gracia, Ministra de Justicia, a la que atribuye los presuntos delitos de denegación de auxilio del art. 412, apartado 1 del CP y de prevaricación del art. 404 de la misma Ley Procesal.

  2. - Formado rollo en esta Sala y registrado con el núm. 3/20777/2018 por providencia de 14 de septiembre se designó Ponente para conocer de la presente causa y conforme al turno previamente establecido, al Magistrado Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gomez y se requirió al querellante a los efectos del art. 277 de la LECrm.

  3. - Con fecha 14 de septiembre pasado el Magistrado de esta Sala Excmo. Sr. Don Gabino dirigió escrito comunicando su abstención en la presente causa al concurrir esta en el inciso 13 del art. 219 de la LOPJ.

Con fecha 27 de septiembre pasado la referida Procuradora Sra. Hidalgo López, en la representación que ostenta, presentó escrito adjuntando escritura de poder especial de querella, conforme a lo requerido.

Acordándose por providencia de 8 de octubre, tener por cumplimentado el requerimiento efectuado a la representación procesal del querellante.- Y en cuanto a la abstención del Magistrado Sr. Gabino, formar Pieza Separada de Incidente de Abstención y de conformidad con lo prevenido en el art. 221.1 y 2 de la LOPJ convocar al Pleno Jurisdiccional de esta Sala para deliberación y resolución el pasado 15 de octubre, con suspensión del curso del proceso hasta su resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Conforme a lo dispuesto en el, art. 219.13 de la LOPJ es causa de abstención "...Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercicio profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo...".

Formulada abstención por el Excmo. Sr. Magistrado Don Gabino, alegando que forma parte de la Sala que conoce de la presente causa especial en la que se ha presentado escrito por la representación procesal de la entidad querellante formulando querella contra la Excma. Sra. Ministra de Justicia, por lo que entiende concurre causa de abstención prevista en el art. 219. 13ª de la ley Orgánica del Poder Judicial, procede en consecuencia y de conformidad con lo preceptuado por el art. 221.1 y 4 LOPJ, resolver sin más trámite el presente incidente y tener por aceptada la causa de abstención formulada por dicho Magistrado, con su consiguiente apartamiento del conocimiento del asunto, que seguirá por los trámites previstos sin su intervención.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: Tener por aceptada la ABSTENCION formulada por el Excmo. Sr. Magistrado Don Gabino, para el conocimiento de la presente causa, que continuará su tramitación sin su intervención.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

D. Manuel Marchena Gomez D. Andres Martinez Arrieta D. Julian Sanchez Melgar

D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca D. Francisco Monterde Ferrer

D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre D. Luciano Varela Castro

D. Alberto Jorge Barreiro D. Antonio del Moral Garcia D. Andres Palomo Del Arco

Dª Ana Maria Ferrer Garcia D. Vicente Magro Servet Dª Susana Polo Garcia

Dª Carmen Lamela Diaz D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

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