ATS, 4 de Julio de 2018

PonenteMARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
ECLIES:TS:2018:7571A
Número de Recurso2466/2016
ProcedimientoCivil
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 04/07/2018

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 2466 / 2016

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 DE CASTELLÓN

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

Transcrito por: LTV/P

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 2466/2016

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

En Madrid, a 4 de julio de 2018.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Valeriano presentó escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal, contra la sentencia dictada, con fecha 31 de mayo de 2016, por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección 3.ª), en el rollo de apelación n.º 454/2015 , dimanante del procedimiento ordinario n.º 967/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Nules.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación de 8 de julio de 2016, se tuvieron por interpuestos los recurso de casación y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

Mediante escrito enviado el 18 de julio de 2016 la procuradora D.ª Beatriz Ruano Casanova, en nombre y representación de D. Valeriano , se personaba en concepto de parte recurrente. El procurador D. Gonzalo Herraiz Aguirre, se personaba en las actuaciones mediante escrito enviado el 20 de julio de 2016, en nombre y representación de D. Juan Miguel , como parte recurrida.

CUARTO

La recurrente efectuó los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Examinadas las actuaciones procede admitir el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D. Valeriano no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con los arts. 485 y 474 ambos LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D. Valeriano , contra la sentencia dictada, con fecha 31 de mayo de 2016, por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección 3.ª), en el rollo de apelación n.º 454/2015 , dimanante del procedimiento ordinario n.º 967/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Nules.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos.

Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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