ATS, 4 de Julio de 2018
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN |
ECLI | ES:TS:2018:7576A |
Número de Recurso | 1185/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 04/07/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1185 / 2016
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7 DE VALENCIA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: AG/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 1185/2016
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 4 de julio de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.
La representación procesal de D. Aureliano y D. Celso presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, el 23 de febrero de 2016, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7.ª), en el rollo de apelación n.º 696/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 807/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Gandía.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Por diligencia de ordenación de 14 de septiembre de 2016 se tuvo por comparecido ante esta sala a la procuradora D.ª Rosa María del Pardo Moreno, en nombre y representación de D. Aureliano y D. Celso , como parte recurrente; y al procurador D. Luis de Villanueva Ferrer, en nombre y representación de D.ª Guadalupe , como parte recurrida
La parte recurrente ha constituido el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª LOPJ .
A la vista de las alegaciones de las partes, procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de D. Aureliano y D. Celso contra la sentencia dictada, el 23 de febrero de 2016, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7.ª), en el rollo de apelación n.º 696/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 807/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Gandía.
De conformidad con el art. 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Aureliano y D. Celso contra la sentencia dictada, el 23 de febrero de 2016, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7.ª), en el rollo de apelación n.º 696/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 807/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Gandía.
-
) Abrir el plazo de veinte días a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.