Auto Aclaratorio TS, 12 de Junio de 2018

PonenteANTONIO DEL MORAL GARCIA
ECLIES:TS:2018:6609AA
Número de Recurso10415/2017
ProcedimientoPenal. Procedimiento abreviado y sumario
Fecha de Resolución12 de Junio de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

RECURSO CASACION (P) núm.: 10415/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio del Moral Garcia

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Rico Fernández TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres.

D. Andres Martinez Arrieta

D. Francisco Monterde Ferrer

D. Luciano Varela Castro

D. Antonio del Moral Garcia

D. Andres Palomo Del Arco

En Madrid, a 12 de junio de 2018.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio del Moral Garcia.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En fecha de 23 de mayo de 2018 se dictó por esta Sala sentencia en el rollo de casación nº 10415/2017, interpuestos por Fausto contra Auto de fecha 11 de mayo de 2017, dictado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Córdoba en la Ejecutoria nº 137.01/2016 que resolvía no acumular ni refundir condenas pendientes del penado Fausto .

SEGUNDO

El 30 de mayo de 2018 se presentó escrito por la representación procesal de D. Fausto, solicitando con base en el artículo 267 de la LOPJ, la aclaración de la sentencia dictada por esta Sala, al identificarse como letrado al procurador que interviene en este procedimiento y como procuradora a la letrada designada para la defensa del recurrente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El artículo 267 LOPJ dice: "1. Los Tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan".

SEGUNDO

Partiendo del precepto citado procede rectificar el error detectado según se denuncia en el encabezamiento de la sentencia nº 241/2018 de fecha 23 de mayo de 2018 dictada por esta Sala, donde dice "Esta sala ha visto el recurso de casación nº 10415/2017 P interpuesto por Fausto, representado por la procuradora Sra. María Luisa de Miguel Buenaposada bajo la dirección letrada de D. Juan Manuel CalotoCarpintero contra Auto de fecha 11 de mayo de 2017, dictado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Córdoba en la Ejecutoria nº 137.01/2016 que resolvía no acumular ni refundir condenas pendientes del penado Fausto . Ha sido parte también el Ministerio Fiscal"; debe decir " "Esta sala ha visto el recurso de casación nº 10415/2017 P interpuesto por Fausto, representado por el procurador D. Juan Manuel Caloto Carpintero y bajo la dirección letrada de D.ª Maria Luisa de Miguel Buenaposada, contra Auto de fecha 11 de mayo de 2017, dictado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Córdoba en la Ejecutoria nº 137.01/2016 que resolvía no acumular ni refundir condenas pendientes del penado Fausto . Ha sido parte también el Ministerio Fiscal".

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : La rectificación de la sentencia de fecha 23 de mayo de 2018 en su encabezamiento, en el sentido de " donde dice "Esta sala ha visto el recurso de casación nº 10415/2017 P interpuesto por Fausto

, representado por la procuradora Sra. María Luisa de Miguel Buenaposada bajo la dirección letrada de D. Juan Manuel CalotoCarpintero contra Auto de fecha 11 de mayo de 2017, dictado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Córdoba en la Ejecutoria nº 137.01/2016 que resolvía no acumular ni refundir condenas pendientes del penado Fausto . Ha sido parte también el Ministerio Fiscal"; debe decir " "Esta sala ha visto el recurso de casación nº 10415/2017 P interpuesto por Fausto, representado por el procurador D. Juan Manuel Caloto Carpintero y bajo la dirección letrada de D.ª Maria Luisa de Miguel Buenaposada, contra Auto de fecha 11 de mayo de 2017, dictado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Córdoba en la Ejecutoria nº 137.01/2016 que resolvía no acumular ni refundir condenas pendientes del penado Fausto . Ha sido parte también el Ministerio Fiscal". Así se acuerda y firma.

Andres Martinez Arrieta Francisco Monterde Ferrer Luciano Varela Castro

Antonio del Moral Garcia Andres Palomo Del Arco

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR