ATS, 6 de Junio de 2018
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN |
ECLI | ES:TS:2018:6063A |
Número de Recurso | 1492/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 06/06/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1492 / 2016
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11 DE BARCELONA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: CSM/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 1492/2016
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 6 de junio de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.
La representación procesal de D. Bienvenido presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 22 de mayo de 2015 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 11ª), en el rollo de apelación n.º 494/2014 , dimanante de los autos de oposición a la ejecución cambiaria n.º 678/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Vic.
La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, ha comparecido el procurador D. Álvaro Armando García de la Noceda de las Alas Pumariño, designado por el turno de asistencia jurídica gratuita, en nombre y representación de D. Bienvenido , como parte recurrente. No ha comparecido la parte recurrida.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Bienvenido dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.
No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC , al no haberse personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la para la votación y fallo del recurso .
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Bienvenido contra la sentencia dictada, el día 22 de mayo de 2015 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 11ª), en el rollo de apelación n.º 494/2014 , dimanante de los autos de oposición a la ejecución cambiaria n.º 678/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Vic.
-
) Y queden los presentes autos pendientes de señalamiento del día y hora para la votación y fallo del recurso interpuesto.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.