ATS, 11 de Abril de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:3638A |
Número de Recurso | 712/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 11/04/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 712 / 2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 DE LEÓN
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: LTV/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 712/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 11 de abril de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de la Administración Concursal de Ibán Hermanos Automóviles León, S.L. presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 13 de octubre de 2015 aclarada por auto de 24 de noviembre de 2015 por la Audiencia Provincial de León (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 348/2015 , dimanante de la tercería de mejor derecho n.º 20/2015 del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de León.
Mediante diligencia de ordenación de 26 de febrero de 2016 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.
El procurador D. Javier Muñiz Bernuy en nombre y representación de D. Victorino envió escrito a esta Sala el 2 de marzo de 2016, personándose en concepto de parte recurrido. La procuradora D.ª M.ª Elena Carretón en nombre y representación de la Administración Concursal de Ibán Hermanos Automóviles León S.L. envió escrito a esta Sala el 15 de marzo de 2016, personándose en concepto de recurrente.
La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª LOPJ .
Examinadas las actuaciones procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la Administración Concursal de Iban Hermanos Automóviles León, S.L.D., no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el art. 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA :
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Administración Concursal de Ibán Hermanos Automóviles León, S.L. contra la sentencia dictada con fecha 13 de octubre de 2015 aclarada por auto de 24 de noviembre de 2015 por la Audiencia Provincial de León (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 348/2015 , dimanante de la tercería de mejor derecho n.º 20/2015 del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de León.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.