ATS, 11 de Abril de 2018

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2018:3635A
Número de Recurso901/2016
ProcedimientoCivil
Fecha de Resolución11 de Abril de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 11/04/2018

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 901 / 2016

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 DE ÁLAVA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: PAA/P

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 901/2016

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

En Madrid, a 11 de abril de 2018.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de la sociedad Joanetxe 2006 SL, presentó escrito de fecha 5 de febrero de 2016 interponiendo recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación por interés casacional contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Álava (Sección Primera) de fecha 28 de diciembre de 2015, en el rollo de apelación n.º 613/2015 -A dimanante de los autos de juicio cambiario n.º 373/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

SEGUNDO

Por diligencia de ordenación, se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala.

TERCERO

Recibidos los autos en este tribunal y formado el presente rollo, la procuradora D.ª María José Bueno Ramírez, en nombre y representación de Banco Popular Español SA, presentó escrito de fecha 14 de marzo de 2016 personándose en calidad de parte recurrida. La procuradora D.ª Mª Carmen Moreno Ramos, en nombre y representación de Joanetxe 2006 SL, presentó escrito de fecha 21 de abril de 2016 personándose en concepto de parte recurrente.

CUARTO

Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de Joanetxe 2006 SL, al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los art. 469 y 477 LEC , y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con los art. 474 y 485 LEC , la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la entidad mercantil Joanetxe 2006 SL, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Álava (Sección Primera) de fecha 28 de diciembre de 2015, en el rollo de apelación n.º 613/2015 -A dimanante de los autos de juicio cambiario n.º 373/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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