ATS, 28 de Febrero de 2018
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN |
ECLI | ES:TS:2018:1774A |
Número de Recurso | 3549/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 28/02/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 3549 / 2015
Ponente: Excma. Sra. D.ª M. Ángeles Parra Lucán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 DE SEVILLA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: CSM/P
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 3549/2015
Ponente: Excma. Sra. D.ª M. Ángeles Parra Lucán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M. Ángeles Parra Lucán
En Madrid, a 28 de febrero de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M. Ángeles Parra Lucán.
La representación procesal de D. Mateo y D.ª Julia presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, el día 17 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8381/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 762/2013, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla.
La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los recursos y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora D.ª María José Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de D. Mateo y D.ª Julia , en calidad de parte recurrente y el procurador D. Javier Álvarez Díez, en nombre y representación de Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, en calidad de parte recurrente.
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Mateo y D.ª Julia , no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
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Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de D. Mateo y Dª Julia contra la sentencia dictada, el día 17 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5ª), en el rollo de apelación n.º 8381/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 762/2013, del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla.
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Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra este Auto no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.