ATS, 14 de Febrero de 2018
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2018:1213A |
Número de Recurso | 2048/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 14/02/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 2048 / 2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE TOLEDO
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: FCG/MJ
Nota:
CASACIÓN núm.: 2048/2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Dª. M. Ángeles Parra Lucán
En Madrid, a 14 de febrero de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de D. Mateo , presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia de fecha 26 de marzo de 2015, dictado por la Audiencia Provincial de Toledo (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 242/2013 , dimanante del juicio ordinario n.º 164/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Illescas.
Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a la representación de los litigantes.
La procuradora D.ª M.ª del Carmen Camilo Tiscordio, presentó escrito ante esta Sala con fecha 3 de julio de 2015, en nombre y representación de D. Mateo , personándose en calidad de parte recurrente. la procuradora D.ª Adela Cano Lantero, en nombre y representación de la sociedad mercantil Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, (CASER) presentó escrito ante esta Sala con fecha 30 de junio de 2015 personándose en calidad de parte recurrida. No se ha personado como parte recurrida D. Saturnino .
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Mateo , al concurrir, prima facie, los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 LEC , no advirtiéndose, en esta fase , la concurrencia de causa alguna de inadmisión.
De conformidad con el art. 485 LEC la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso de casación, por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Mateo , contra la sentencia de fecha 26 de marzo de 2015, dictado por la Audiencia Provincial de Toledo (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 242/2013 , dimanante del juicio ordinario n.º 164/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Illescas.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.