ATS, 19 de Julio de 2017

PonentePEDRO JOSE VELA TORRES
ECLIES:TS:2017:7503A
Número de Recurso2101/2015
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución19 de Julio de 2017
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Julio de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D.ª Matilde presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia de fecha 31 de marzo de 2015 dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5.ª), en el rollo de apelación 56/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 419/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Zaragoza.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

Por escrito presentado ante esta sala el 30 de julio de 2015, el procurador D. Ignacio Aguilar Fernández se personaba en nombre de D.ª Matilde , como parte recurrente. La parte recurrida no ha comparecido ante esta sala.

CUARTO

Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Pedro Jose Vela Torres , a los solos efectos de este trámite.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos y no advertirse causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos y no advertirse causa legal de inadmisión.

TERCERO

No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC , al no haberse personado, en legal forma, en el presente rollo, la parte recurrida, quedan los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos.

PARTE DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto,

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D.ª Matilde contra la sentencia de fecha 31 de marzo de 2015 dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5.ª), en el rollo de apelación 56/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 419/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Zaragoza.

  2. ) Y queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la votación y fallo de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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