ATS, 23 de Marzo de 2017

PonenteLUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
ECLIES:TS:2017:3362A
Número de Recurso90/2016
ProcedimientoCuestión de Competencia
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2017
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Marzo de dos mil diecisiete.

HECHOS

ÚNICO .- Por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se remiten, junto con exposición razonada, las actuaciones del recurso contencioso-administrativo n.º 98/2016 , por considerar que corresponde a este Alto Tribunal el conocimiento de dicho recurso.

Dado el oportuno traslado al Ministerio Fiscal, emite dictamen en el sentido de que la competencia para conocer corresponde al Tribunal Supremo. En el mismo sentido se pronuncia la representación procesal de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) -parte recurrente-.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, Presidente de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO .- La presente exposición tiene su origen en la impugnación por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) de la Orden ECD/2574/2015, de 2 de diciembre, por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales en relación con la remuneración exigible por la utilización del repertorio de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.

Mediante acuerdo de 25 de noviembre de 2015, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha autorizado al Ministro de Educación, Cultura y Deporte a dictar la orden por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales en relación con la remuneración exigible por la utilización del repertorio de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual. A la vista de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12.1.a) de la Ley de esta Jurisdicción , la competencia para su conocimiento y resolución corresponde a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a quien corresponde conocer en única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con los actos y disposiciones del Consejo de Ministros y de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

En este mismo sentido y entre otros, Autos de fecha 22 de abril de 2010 (cuestiones de competencia 72/2009, 111/2009).

En su virtud,

LA SALA ACUERDA:

  1. - Declarar la competencia de esta Sala para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) de la Orden ECD/2574/2015, de 2 de diciembre, por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales en relación con la remuneración exigible por la utilización del repertorio de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.

  2. - Remitir las presentes actuaciones a la Sección Cuarta de esta Sala, para que continúe la tramitación ante la misma del citado recurso contencioso-administrativo.

  3. - Poner esta resolución en conocimiento de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y

  4. - Notificar la presente resolución a las partes personadas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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