ATS, 28 de Septiembre de 2016
Ponente | JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA |
ECLI | ES:TS:2016:8385A |
Número de Recurso | 212/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Septiembre de dos mil dieciséis.
La representación procesal de Doña Reyes presentó escrito interponiendo recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 23 de octubre de 2014 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 24.ª), en el rollo de apelación nº 206/2014 , dimanante del juicio de modificación de medidas nº 845/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 2 de Majadahonda.
Mediante Diligencia de Ordenación de 15 de enero de 2015 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
Por la Procuradora Doña María Teresa Quesada Martínez, en nombre y representación de Doña Reyes , se presentó escrito con fecha de 23 de enero de 2015 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador Don Victorio Venturini Medina, en nombre y representación de Don Ismael , se presentó escrito con fecha de 4 de febrero de 2015 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Antonio Seijas Quintana
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por las representación procesal de Doña Reyes , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.
De conformidad con el art. 474 y 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
LA SALA ACUERDA
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) Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por Doña Reyes contra la sentencia dictada con fecha de 23 de octubre de 2014 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 24.ª), en el rollo de apelación nº 206/2014 , dimanante del juicio de modificación de medidas nº 845/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 2 de Majadahonda.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en Secretaría. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.