ATS, 29 de Junio de 2016
Ponente | ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO |
ECLI | ES:TS:2016:6788A |
Número de Recurso | 1679/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2016 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintinueve de Junio de dos mil dieciséis.
La representación procesal de D. Herminio presentó escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, el 10 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 192/2013 , dimanante del juicio ordinario n.º 551/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Zaragoza.
La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los recursos y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora D.ª María del Mar de Villa Molina, en nombre y representación de D. Herminio , como parte recurrente, y el procurador D. Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de la entidad Bankia, como parte recurrida.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Pantaleon Prieto
Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D. Herminio , dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso a los recursos.
Dese traslado por el letrado de la Administración de Justicia de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA
-
Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D. Herminio contra la sentencia dictada, el 10 de mayo de 2013, por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 192/2013 , dimanante del juicio ordinario n.º 551/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Zaragoza.
-
Dese traslado por el letrado de la Administración de Justicia de la Sala del escrito de interposición de los recursos, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.