ATS, 21 de Abril de 2016

PonenteSEGUNDO MENENDEZ PEREZ
ECLIES:TS:2016:3269A
Número de Recurso3967/2015
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Abril de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de abril de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Serafin y en el trámite de formalización de la demanda se solicitó por medio de otrosí el recibimiento del pleito a prueba, señalando al efecto los puntos de hecho sobre los que habría de versar la misma.

SEGUNDO

La representación procesal del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL en el traslado que le fue conferido para contestar a la demanda se opuso al primer otrosí digo de la demanda, tanto en lo relativo al recibimiento a prueba, como a los concretos medios documentales de prueba que propone la actora.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Segundo Menendez Perez, Magistrado de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- De lo alegado y razonado por la parte actora en su escrito de demanda, no se deduce que los dos documentos a los que se refiere en su solicitud de recibimiento del proceso a prueba, tengan trascendencia alguna para resolver la única cuestión objeto del litigio, consistente en decidir si procedía, o no, entregar a aquél testimonio del acta de la inspección efectuada en el mes de febrero de 2014 al Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arrecife. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.3 de la LJCA , procede denegar el recibimiento del proceso a prueba.

LA SALA ACUERDA:

DENEGAMOS el recibimiento del pleito a prueba solicitado por D. Serafin .

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados. D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez D. Jorge Rodriguez-Zapata Perez D. Pedro Jose Yague Gil D. Manuel Vicente Garzon Herrero D. Segundo Menendez Perez D. Octavio Juan Herrero Pina

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