ATS, 22 de Enero de 2016

PonenteMIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
ECLIES:TS:2016:175A
Número de Recurso20483/2015
ProcedimientoCausa Especial
Fecha de Resolución22 de Enero de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Enero de dos mil dieciséis.

Dada cuenta. Por recibido el anterior escrito del Ministerio Fiscal y la comunicación y documentación adjunta, que remite el Juzgado Central de Instrucción núm. 6, únanse a la pieza separada de su razón y a la vista de los siguientes,

HECHOS

PRIMERO

Por Auto de 24 de noviembre del pasado año, este Instructor acordó formar pieza separada con la copia digitalizada de la declaración prestada ante el Juzgado Central de Instrucción núm. 6 por testigo protegido NUM000 en la causa sumario 11/13 -Pieza de Protección al Testigo NUM000 -que se sigue en dicho Juzgado, y decretar el secreto de la misma para todas las partes personadas a excepción del Ministerio Fiscal .

SEGUNDO

Mediante Auto se ha acordado una prórroga del secreto de la pieza de treinta días, de fecha 23 de diciembre, venciendo a los efectos en el día de hoy.

TERCERO

El Ministerio Fiscal por escrito de 15 de enero pasado interesó la prórroga al mantenerse las razones que motivaron inicialmente la declaración del secreto.

CUARTO

En el día de hoy se ha recibido en la Secretaría de esta Sala, procedente del Registro General de este Tribunal, testimonio del Auto del Juzgado Central de Instrucción núm. 6, de fecha 21 de enero de 2016, y de la documentación adjunta, acordando alzar el secreto de la Pieza Separada de Protección al Testigo NUM000 , única y exclusivamente con lo que respecta a las diligencias practicadas en la misma, consistentes en la declaración transcrita, tanto ante la Guardia Civil como por Videoconferencia ante el Juzgado remitente, a los efectos de su unión a esta causa especial.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

PRIMERO

En el día de hoy vence el plazo reseñado en el auto de 23 de diciembre pasado, decretando la prórroga del secreto de la pieza separada formada con la copia digitalizada de la declaración prestada ante el Juzgado Central de Instrucción núm. 6 por el testigo protegido NUM000 en la causa sumario 11/13 -Pieza de Protección al Testigo NUM000 que se sigue en dicho Juzgado y de la que dimana esta causa especial; y visto que por auto de 21/1/16 se ha procedido por el Juzgado Central de Instrucción núm. 6 a levantar el secreto acordado en dicha pieza, única y exclusivamente con lo que respecta a las diligencias practicadas en la misma, consistentes en la declaración transcrita, tanto ante la Guardia Civil como por Videoconferencia ante el Juzgado, en consecuencia desapareciendo los motivos por los que se acordó en esta causa especial el secreto de esta pieza, procede levantar el mismo, sin perjuicio de mantener las medidas acordadas por el Juzgado Central de Instrucción 6 en orden a la protección al testigo.

SEGUNDO

Habiéndose admitido a trámite el recurso de reforma planteado por la defensa contra el auto de este Instructor de 23 de diciembre pasado acordando la prórroga del secreto de la presente pieza separada, con el levantamiento del secreto que ahora se acuerda, el recurso carece de contenido procesal y en consecuencia procede dejar sin efecto la providencia de 19 de enero admitiendo a trámite, no sin antes dejar constancia de las disfunciones observadas y señaladas en el escrito del recurso en orden a la notificación del mismo, al haber transcurrido un tiempo excesivo entre el dictado del auto y su notificación posiblemente debido a la inhabilidad también excesiva de la última semana del mes de diciembre y primera del mes de enero, lo que en todo caso no ha ocasionado perjuicio alguno al recurrente.

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

  1. ) ALZAR el secreto de esta pieza separada poniendo en conocimiento de las partes personadas su contenido, única y exclusivamente lo consistente en la declaración transcrita, tanto ante la Guardia Civil como por Videoconferencia ante el Juzgado Central de Instrucción núm. 6, que por testimonio se acompaña, manteniendo las medidas acordadas por el referido Juzgado en orden a la protección del testigo NUM000 -Pieza de Protección al Testigo NUM000 . 2º) Dejar sin efecto la providencia de fecha 19 de enero pasado acordando la admisión a trámite del recurso de reforma interpuesto por la representación procesal de la defensa en tanto en cuanto con el levantamiento del secreto acordado en esta pieza, el recurso pierde su finalidad al quedar sin contenido.

Lo acuerda, manda y firma el Excmo. Sr. Magistrado Instructor, de lo que como Secretario, certifico.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR