ATS, 28 de Octubre de 2015
Ponente | FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO |
ECLI | ES:TS:2015:8231A |
Número de Recurso | 2392/2014 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2015 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Octubre de dos mil quince.
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- La representación procesal de DON Alexis presentó escrito interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 4 de julio de 2014 por la Audiencia Provincial de Badajoz (Secc. 2ª), en el rollo de apelación nº 243/2014 , dimanante del juicio de divorcio nº 775/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 4 de Badajoz.
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- Mediante Diligencia de Ordenación se procedió al emplazamiento de las partes ante la Sala Primera del Tribunal Supremo con remisión de las actuaciones.
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- Por la Procuradora Doña Silvia de la Fuente Bravo, en nombre y representación de DON Alexis , presentó escrito con fecha de 5 de noviembre de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador Don José Núñez Armendariz, en nombre y representación DOÑA María Consuelo , presentó escrito con fecha de 16 de octubre de 2014, personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Orduña Moreno
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DON Alexis por cumplir con los requisitos legales determinados para su admisión.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por DON Alexis contra la sentencia dictada con fecha de 2 de febrero de 2015 por la Audiencia Provincial de Badajoz (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 300/2014 , dimanante del juicio de divorcio nº 96/2013 del Juzgado de Primera instancia nº 1 de Almendralejo.
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) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.