ATS, 5 de Octubre de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
ECLIES:TS:2015:7661A
Número de Recurso1952/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de Octubre de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "CANNA BV" y "CANNA ESPAÑA FERTILIZANTES, S.L." presentó el día 2 de julio de 2014, escrito de interposición de recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 10 de abril de 2014, por la Audiencia Provincial de Alicante (sección 8ª), en el rollo de apelación nº 330/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 586/2011 del Juzgado de marca comunitaria nº 1 de Alicante.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 15 de julio de 2014, la Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los recursos, remitiéndose las actuaciones al Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a las partes el día 16 de julio de 2014.

  3. - La procuradora Dª. María del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de "CANNA BV" y "CANNA ESPAÑA FERTILIZANTES, S.L.", presentó escrito el día 24 de julio de 2014, personándose en concepto de recurrente, mientras que el procurador D. Marco Aurelio Labajo González, en nombre y representación de "CANNABOOM S.L.", D. Juan Ramón y D. Aureliano , presentó escrito el día 23 de septiembre de 2014, personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente constituyó los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación e infracción procesal interpuestos por la representación procesal de "CANNA BV" y "CANNA ESPAÑA FERTILIZANTES, S.L.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación procesal de "CANNA BV" y "CANNA ESPAÑA FERTILIZANTES, S.L.", con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓNY EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de "CANNA BV" y "CANNA ESPAÑA FERTILIZANTES, S.L." contra la sentencia dictada, con fecha 10 de abril de 2014, por la Audiencia Provincial de Alicante (sección 8ª), en el rollo de apelación nº 330/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 586/2011 del Juzgado de marca comunitaria nº 1 de Alicante.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso alguno de conformidad con los arts. 473.3 y 483.5 LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR