ATS, 8 de Julio de 2015

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2015:5616A
Número de Recurso1091/2015
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Julio de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Juan Luis presentó el día 24 de marzo de 2015 escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 23 de febrero de 2015, por la Audiencia Provincial de Oviedo (sección 6ª), en el rollo de apelación nº 9/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 360/2014 del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Oviedo.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 6 de abril de 2015 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes el día 7 de abril siguiente.

  3. - El procurador D. Joaquín Ignacio Álvarez García, en nombre y representación de la "REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL" presentó escrito ante esta Sala con fecha 9 de abril de 2015, personándose en calidad de recurrida. El procurador D. Luis Ortiz Herráiz, en nombre y representación de D. Juan Luis , presentó escrito ante esta Sala con fecha 14 de abril de 2015, personándose en calidad de parte recurrente.

  4. - Por la parte recurrente se han constituido los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , al estar exento de su constitución dada.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Sebastian Sastre Papiol

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Juan Luis , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de D. Juan Luis , con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Juan Luis contra la sentencia dictada, con fecha 23 de febrero de 2015, por la Audiencia Provincial de Oviedo (sección 6ª), en el rollo de apelación nº 9/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 360/2014 del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Oviedo.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

Contra esta resolución no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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