ATS, 24 de Junio de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ECLIES:TS:2015:5024A
Número de Recurso3159/2012
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución24 de Junio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Junio de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª. Antonieta presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el 9 de octubre de 2012, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª), en el rollo de apelación nº 650/2011 , dimanante del juicio ordinario nº 2264/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sabadell.

  2. - La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuestos el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.

  3. - Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Dª. María Jesús González Díez, en nombre y representación de Dª. Antonieta , como parte recurrente, y el procurador D. Argimiro Vázquez Guillén en nombre y representación de UNNIM BANC, S.A. (antes Caixa DŽEstalvis Unió de Caixes de Manlleu, Sabadell y Terrassa), como parte recurrida.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Francisco Javier Orduña Moreno

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

Primero

Procede admitir el recurso de casación, dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.

Segundo.- Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la correspondiente Secretaría de la Sala.

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª. Antonieta contra la sentencia dictada, el 9 de octubre de 2012, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª), en el rollo de apelación nº 650/2011 , dimanante del juicio ordinario nº 2264/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sabadell.

  2. Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la correspondiente Secretaría de la Sala .

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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