ATS, 15 de Abril de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso1321/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución15 de Abril de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Abril de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª. Luisa presentó el día 17 de octubre de 2013, escrito de interposición de recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 19 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 24ª), en el rollo de apelación nº 816/2012 , dimanante de los autos de modificación de medidas nº 411/2010 del Juzgado de primera instancia nº 7 de Leganés.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 30 de abril de 2014, la Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los recursos, remitiéndose las actuaciones al Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a las partes el día 6 de mayo de 2014.

  3. - La procuradora Dª. Eloisa Prieto Palomeque, en nombre y representación de Dª. Luisa , mediante escrito de 18 de junio de 2014, se personó en concepto de recurrente, mientras que la parte recurrida, D. Jacinto , no se ha personado ante esta Sala.

  4. - La parte recurrente ha constituido los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación e infracción procesal interpuestos por la representación procesal de Dª. Luisa , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación procesal de Dª. Luisa , con sus documentos adjuntos, al Ministerio Fiscal, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓNY EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de Dª. Luisa contra la sentencia dictada, con fecha 19 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 24ª), en el rollo de apelación nº 816/2012 , dimanante de los autos de modificación de medidas nº 411/2010 del Juzgado de primera instancia nº 7 de Leganés.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, al Ministerio Fiscal, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso alguno de conformidad con los arts. 473.3 y 483.5 LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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