ATS, 18 de Marzo de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso1157/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Marzo de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de FONDO ESPAÑOL DE RECUPERACIONES, BV presentó el día 19 de marzo de 2014 escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 15 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 18ª), en el rollo de apelación nº 686/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 1772/2011 del Juzgado de Primera Instancia número 37 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 22 de abril de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes con fecha 25 de abril de 2014.

  3. - La procuradora Dª Ana Llorens Pardo, en nombre y representación de FONDO ESPAÑOL DE RECUPERACIONES, BV presentó escrito ante esta Sala con fecha 13 de mayo de 2014 personándose en calidad de recurrente. El procurador D. David Martín Ibeas, en nombre y representación de VODAFONE ESPAÑA, S.A. presentó escrito ante esta Sala con fecha 28 de abril de 2014 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de FONDO ESPAÑOL DE RECUPERACIONES, BV al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º de art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de FONDO ESPAÑOL DE RECUPERACIONES, BV contra la Sentencia dictada, con fecha 15 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 18ª), en el rollo de apelación nº 686/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 1772/2011 del Juzgado de Primera Instancia número 37 de Madrid.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los artículos 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría

De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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