ATS, 18 de Marzo de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
Número de Recurso1171/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Marzo de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. presentó el día 16 de abril de 2014 escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 12 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Cantabria (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 17/2013 , dimanante de los autos de juicio verbal número 208/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 22 de abril de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes con fecha 25 de abril de 2014.

  3. - El procurador D. Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. presentó escrito ante esta Sala con fecha 29 de abril de 2014 personándose en calidad de recurrente. Es parte el MINISTERIO FISCAL.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, al MINISTERIO FISCAL para que formalice su oposición.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U." contra la Sentencia dictada, con fecha 12 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Cantabria (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 17/2013 , dimanante de los autos de juicio verbal número 208/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los artículos 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, al MINISTERIO FISCAL para que formalice su oposición.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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