ATS, 2 de Marzo de 2015

PonenteMANUEL MARCHENA GOMEZ
Número de Recurso1828/2014
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Marzo de dos mil quince.

HECHOS

ÚNICO.- En el recurso de casación por infracción de ley, quebrantamiento de forma y vulneración de precepto constitucional, interpuesto por el Ministerio Fiscal, Parlament de Catalunya y la Generalitat de Catalunya, contra la sentencia de fecha 7 de julio de 2014 dictada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Sección Primera en causa seguida contra Norberto , Evangelina ; Santos , Victorio , Lorena , Modesta , Luis Alberto , Ruth , Agapito , Augusto , Candido , Angelica , Domingo , Feliciano , Covadonga , Herminio , Jon , Fermina y Marino , por delitos contra las Instituciones del Estado, atentado, asociación ilícita y una falta de daños, se señaló para deliberación y fallo el día 18 de febrero de 2015. Con fecha 2 de marzo la Sala acordó prorrogar el término para dictar sentencia en treinta días.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

ÚNICO.- En virtud de lo expuesto en el anterior antecedente, se prorroga el plazo para dictar sentencia por término de TREINTA DÍAS NATURALES, de conformidad con lo dispuesto en el art. 899 de la LECrim .

LA SALA ACUERDA:

Prorrogar el término para dictar sentencia en el presente recurso de casación núm. 1828/2014 por TREINTA DÍAS , lo que se hará saber a las partes.

Así lo acuerdan y firman los Excmos. Sres. anotados al margen.

D. Manuel Marchena Gomez D. Francisco Monterde Ferrer D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

D. Luciano Varela Castro D. Perfecto Andres Ibañez

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