ATS, 18 de Febrero de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
Número de Recurso117/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE INVERSIONES Y DESARROLLOS URBANOS DEL SUROESTE, SL presentó con fecha 27 de diciembre de 2013 escrito de interposición de recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, con fecha 3 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 125/2013 , dimanante de los autos de incidente concursal 601/2011 y acumulados, que dimana del concurso nº 286/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante.

  2. - La representación procesal de DON Carlos José , DOÑA Adriana , DOÑA Carmen , y DOÑA Eufrasia , presentó con fecha 27 de diciembre de 2013 escrito de interposición de recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, con fecha 3 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 125/2013 , dimanante de los autos de incidente concursal 601/2011 y acumulados, que dimana del concurso nº 286/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante.

  3. - Mediante diligencia de ordenación, se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  4. - La procuradora doña María Victoria Pérez-Mulet y Díez-Picazo, en nombre y representación de DON Carlos José , DOÑA Adriana , DOÑA Carmen , y DOÑA Eufrasia , presentó escrito ante esta Sala con fecha 3 de febrero de 2014 personándose en concepto de parte recurrente. Don Apolonio y don Celestino , como ADMINISTRADORES CONCURSALES DE INVERSIONES Y DESARROLLOS URBANOS DEL SUROESTE, SL presentaron con fecha 6 de febrero de 2014 escrito personándose en concepto de parte recurrente. El procurador don Julián Sanz Aragón, en nombre y representación de la sociedad mercantil INVERSIONES Y DESARROLLOS URBANOS DEL SUROESTE, SL, presentó escrito ante esta Sala con fecha 13 de febrero de 2014 personándose en concepto de parte recurrida.

  5. - Las partes recurrentes han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE INVERSIONES Y DESARROLLOS URBANOS DEL SUROESTE, SL por cumplir los requisitos de los artículos 477.2.3 º y 469.1 LEC .

  2. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por DON Carlos José , DOÑA Adriana , DOÑA Carmen , y DOÑA Eufrasia , por cumplir los requisitos de los artículos 477.2.3 º y 469.1 LEC .

  3. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC 2000 , entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados por las recurrentes, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE INVERSIONES Y DESARROLLOS URBANOS DEL SUROESTE, SL, contra la sentencia dictada, con fecha 3 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 125/2013 , dimanante de los autos de incidente concursal 601/2011 y acumulados, que dimana del concurso nº 286/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante.

  2. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de DON Carlos José , DOÑA Adriana , DOÑA Carmen , y DOÑA Eufrasia , contra la sentencia dictada, con fecha 3 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 8ª), en el rollo de apelación nº 609/2013 , dimanante de los autos de incidente concursal 601/2011 y acumulados, que dimana del concurso nº 286/2011 del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante.

  3. ) Y entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados por las partes recurrentes, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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