ATS, 18 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso287/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA presentó con fecha 15 de enero de 2014 escrito de interposición de recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, con fecha 29 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 529/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 571/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Granada.

  2. - Mediante diligencia de ordenación, se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes .

  3. - El procurador don Esteban Jabardo Margareto, en nombre y representación de la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 13 de febrero de 2014 personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora doña Patricia Rosch Iglesias, en nombre y representación de la sociedad mercantil EXPLOTACIONES LA VEGA, SL, presentó escrito ante esta Sala con fecha 20 de febrero de 2014 personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA por cumplir los requisitos de los artículos 477.2.3 º y 469.1 LEC .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC 2000 , entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados por la recurrente, con sus documentos adjuntos, a la partes recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA, contra la sentencia dictada, con fecha 29 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 529/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 571/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Granada.

  2. ) Y entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados por la partes recurrente, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personadas ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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