ATS, 18 de Febrero de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
Número de Recurso780/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. La representación procesal del Instituto para la Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED) ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 19 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Burgos (sección 2ª), en el rollo nº 197/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 26/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Burgos.

  2. Mediante Diligencia de ordenación de 10 de marzo de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.

  3. El Abogado del Estado, en la representación que ostenta del Organismo Autónomo Instituto para la Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED), presentó escrito ante esta Sala en fecha 21 de marzo de 2014, personándose en calidad de parte recurrente . La procuradora Beatriz Ruano Casanova, en nombre y representación de Sabino y otros, presentó escrito ante esta Sala con fecha 10 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. La parte recurrente no se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, al hallarse exenta.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de Instituto para la Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED), al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Instituto para la Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED) contra la Sentencia dictada, en fecha 19 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Burgos (sección 2ª), en el rollo nº 197/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 26/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Burgos.

  2. Entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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