ATS, 5 de Febrero de 2015

PonenteMANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONA
Número de Recurso540/2014
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de febrero de dos mil quince.

HECHOS

Primero

Con fecha 2 de febrero de 2015 la Sra. Secretaria de esta Sala dictó la siguiente diligencia de ordenación: "No constando la presentación en tiempo y forma de escrito alguno, se tiene por caducado el plazo de formalización de demanda concedido a la Junta de Extremadura por diligencia de 22 de octubre de 2014, debiendo el procurador Sr. Cárdenas Porras devolver el expediente recogido en el plazo de una audiencia".

Segundo.- El 4 de febrero de 2015 la Junta de Extremadura procedió a la devolución del expediente administrativo sin impugnar la citada diligencia de ordenación de 2 de febrero de 2015 ni presentar la demanda.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sanchez-Bordona, Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

Único.- Concurriendo el supuesto contemplado en el artículo 52.2 de la Ley Jurisdiccional , procede declarar, de oficio, la caducidad del presente recurso número 540/2014 interpuesto por la Junta de Extremadura contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, y la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio.

LA SALA ACUERDA:

Declarar la caducidad del recurso contencioso-administrativo 540/2014 interpuesto por la Junta de Extremadura contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, y la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio. Sin imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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