ATS, 4 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso847/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. Por la representación procesal de Agüera Web Trust, S.L. se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 6 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 20ª), en el rollo nº 362/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 688/2009, del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Madrid.

  2. Por diligencia de fecha 20 de marzo de 2014 se acordó la remisión de los autos a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.

  3. El procurador Federico Ruipérez Palomino, en nombre y representación de Agüera Web Trust, S.L., presentó escrito ante esta Sala con fecha 7 de mayo de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Mª del Rocío Sampere Meneses, en nombre y representación de Promociones Prau, S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 8 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª LOPJ , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de Agüera Web Trust, S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Agüera Web Trust, S.L. contra la Sentencia dictada, en fecha 6 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 20ª), en el rollo nº 362/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 688/2009, del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Madrid.

  2. Entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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