ATS, 28 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso851/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil PFIZER, S.A. presentó escrito con fecha de 14 de marzo de 2014 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 24 de enero de 2014 por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 583/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 877/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 1 de Granada.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 18 de marzo de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo.

  3. - Por la Procuradora Doña María Dolores Girón Arjonilla, en nombre y representación de la entidad mercantil PFIZER, S.L., se presentó escrito con fecha de 26 de marzo de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador Don Felipe Juanas Blanco, en nombre y representación de UTE GENYO GRANADA, se presentó escrito con fecha de 16 de mayo de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de la entidad mercantil PFIZER, S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos para su admisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. )ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de la entidad mercantil PFIZER, S.A. contra la sentencia dictada con fecha de 24 de enero de 2014 por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 583/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 877/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 1 de Granada.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR