ATS, 8 de Enero de 2015

PonenteJOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
Número de Recurso424/2014
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de enero de dos mil quince.

HECHOS

UNICO.- Por medio del Segundo Otrosí la parte recurrente solicitó en su escrito de demanda el recibimiento del pleito a prueba del presente recurso, señalando al efecto los puntos de hecho sobre los que habría de versar la misma y proponiendo los medios de prueba indicados en dicho escrito.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Requero Ibáñez , Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Se deniega el recibimiento a prueba del pleito pues conforme al artículo 60.1 LJCA tras su reforma por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, es carga de las partes no solo expresar en sus escritos de demanda o contestación de forma ordenada los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba -lo que ha hecho la parte demandante- sino, también, los medios de prueba que se propongan, lo que no ha hecho. Confirma esta concentración de trámites el que haya desaparecido el doble trámite de proposición y práctica del antiguo artículo 60.4, quedando en la actualidad un plazo único de treinta días.

En su virtud,

LA SALA ACUERDA:

Denegar el recibimiento a prueba del pleito.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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