ATS, 21 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso576/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la mercantil ELABORADOS METÁLICOS, SA (EMESA) presentó el día 14 de febrero de 2014 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada con fecha 22 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25 ª), en el rollo de apelación nº 148/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 1980/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 21 de febrero de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

  3. - El procurador don Javier Vázquez Hernández, en nombre y representación de la mercantil ELABORADOS METÁLICOS, SA ( EMESA) presentó escrito ante esta Sala con fecha 4 de marzo de 2014 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador don Germán Marina Grimau, en nombre y representación de la mercantil OBRASCON HUARTE LAIN, SA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 7 de abril de 2014 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir, de conformidad con la Disposición Adicional 15ª , de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la mercantil ELABORADOS METÁLICOS, SA (EMESA), al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2, LEC y art 469 LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de la mercantil ELABORADOS METÁLICOS, SA (EMESA), contra la sentencia dictada con fecha 22 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25 ª), en el rollo de apelación nº 148/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 1980/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Madrid.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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