ATS, 11 de Diciembre de 2014

PonenteJORGE RODRIGUEZ-ZAPATA PEREZ
Número de Recurso6/2014
ProcedimientoART. 61 LOPJ
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Especial Art. 61 LOPJ

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Diciembre de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 13 de mayo de 2014 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal comunicación del Centro Penitenciario de Valladolid, adjuntando manuscrito del interno Luis Pablo , en el que dice formular querella contra el Excmo. Sr. Presidente de la Sala de lo Penal D. Antonio , por el delito de prevaricación.

SEGUNDO

Mediante providencia de la Sala Segunda de fecha 22 de mayo de 2014 se ordenó formar el correspondiente rollo y registrarlo, acordando el archivo de plano, por cuanto la incoación del juicio de responsabilidad penal contra Jueces y Magistrados exige la interposición de querella por el perjudicado u ofendido, sin que el escrito presentado cumpliera con los requisitos del artículo 277 de la Lecrim .

TERCERO

Con fecha 24 de junio de 2014 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal comunicación del Centro Penitenciario de Valladolid, adjuntando nuevo manuscrito del interno Luis Pablo , en el mismo sentido que el anterior, pero en el que solicitaba la tramitación conforme al procedimiento del artículo 61.1 de la LOPJ ; constando la designación por el turno de oficio como Procuradora, para que le representase, de Dña. Olga Martín Vázquez y, como letrado, de D. Claudio Andrés Vivero Megias.

CUARTO

Por la Sala Segunda del Tribunal Supremo se dictó providencia de fecha 27 de junio de 2014, en la que acordó remitir todas las actuaciones a la Sala del artículo 61 de la LOPJ , por corresponder a la misma la competencia para conocer de la querella que se pretendía interponer contra el Sr. Presidente de la Sala Segunda.

QUINTO

Mediante diligencia de ordenación de fecha 10 de julio de 2014, se dio por recibida la comunicación de la Sala Segunda, ordenando su registro en el libro correspondiente, y se acordó formar rollo de Sala, designando como Ponente al Excmo. Sr. D. Jorge Rodriguez-Zapata Perez. Además, se requirió al Procurador designado para que en el plazo de 10 días presentara querella en legal forma, con apercibimiento de archivo en caso de no verificarlo.

SEXTO

Con fecha 16 de julio de 2014 tuvo entrada en el Registro General escrito presentado por la Procuradora Dña. Olga Martín Márquez, solicitando la suspensión del plazo de interposición de querella.

SÉPTIMO

Mediante diligencia de ordenación de fecha 18 de julio de 2014, se concedió un nuevo plazo de 10 días para interponer querella, con obligación de acreditarse, en su caso, dentro de dicho plazo, la formulación por el letrado de la insostenibilidad de la pretensión ante la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita. Todo ello bajo apercibimiento de archivo en caso de no verificarlo.

OCTAVO

Por la Procuradora Dña. Olga Martín Márquez se presentó escrito en el Registro General de este Tribunal en fecha 31 de julio de 2014, poniendo en conocimiento que el letrado designado de oficio consideraba insostenible la pretensión de Luis Pablo , por lo que había procedido a alegar ante la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita la insostenibilidad, solicitando suspensión del plazo para interponer querella hasta que la Comisión resolviera lo que proceda.

NOVENO

Ante la presentación de este escrito, por el Secretario se dictó Decreto de fecha 1 de septiembre de 2014, acordando la suspensión del plazo para interponer querella en legal forma, ordenando librar oficio a la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita, a fin de que comunicara a esta Sala la decisión que en su momento adoptara sobre la insostenibilidad.

DÉCIMO

Con fecha 3 de octubre de 2014, se dictó Diligencia de Ordenación por el Secretario, en la que se acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal para informe sobre competencia de esta Sala Especial, quien lo emitió a tal efecto; de lo que se dio traslado a la parte para alegaciones.

DECIMOPRIMERO

Con fecha 4 de noviembre de 2014, tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal oficio remitido por la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita, comunicando que desestimaba la solicitud de Luis Pablo por insostenibilidad de la pretensión

Siendo Ponente el Excmo. Sr. Jorge Rodriguez-Zapata Perez, Magistrado de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Por D. Luis Pablo se han presentado escritos por los que se pretende formular querella contra el Excmo. Sr. D. Antonio , Presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, por, entre otros, un delito de prevaricación.

SEGUNDO

Pese a la cuestión suscitada en lo referente a la competencia, no es preciso dilucidar tal extremo porque la ausencia de la preceptiva querella en legal forma ( art. 406 LOPJ y art. 277 LECRIM ) y el hecho de que se haya declarado la insostenibilidad de la pretensión determinan el archivo de la presente causa.

LA SALA ACUERDA:

HABER LUGAR al archivo de las actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Así por este nuestro auto, lo acordamos, mandamos y firmamos D. Carlos Lesmes Serrano D. Angel Calderon Cerezo D. Jose Manuel Sieira Miguez D. Jesus Gullon Rodrigue D. Francisco Marin Castan D. Manuel Marchena Gomez D. Jorge Rodriguez-Zapata Perez D. Candido Conde-Pumpido Touron D. Fernando Salinas Molina D. Jose Ramon Ferrandiz Gabriel D. Javier Juliani Hernan Dª. Ana Maria Ferrer Garcia D. Antonio Sempere Navarro D. Eduardo Baena Ruiz D. Jacobo Lopez Barja de Quiroga D. Jesus Cudero Blas

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